El pasado 31 de Octubre el Congreso de los Diputados aprobó el proyecto de Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información, con previsiones tan graves como la de permitir a grupos políticos o administraciones públicas la censura previa en Internet. Parece que el impulso lo da para caer en picado en la carrera del progreso del poder judicial y de la sociedad tecnológica en España.
A pesar de las advertencias que la Comisión Europea ha lanzado ya a nuestro país, sobre el respeto a los derechos fundamentales en Internet y, el respeto a los procedimientos legales para determinar responsabilidades (caso Promusicae), nuestro poder legislativo se empeña en mostrar sin tapujos, y hasta con orgullo diría yo, su falta de cultura digital. Continúa con su particular cruzada: “ante lo que no comprendo, y por tanto no puedo controlar en su medida y justa proporción, impongo el cierre por las bravas”. Tan bravas son que permite que, tanto administraciones públicas como partidos políticos (incluso asociaciones con pocos escrúpulos) sean autoridades supuestamente “competentes” para determinar el cierre de páginas web cuando sus contenidos les molesten.
Es obvio que el Congreso español ha oído que Internet exige inmediatez pero, en vez de utilizar la tecnología actual y los recursos que ofrece la Constitución Española, toma un atajo mortal y nos impone la redacción del artículo 11 de la LISI: a priori, CENSURA (dónde vas, peras traigo). Para cerrar una página web bastará que alguien aparente capacidad para ello y, así sin más, lo requiera al titular de la misma. Ya después, en un momento posterior, si este titular afectado cree que ese “alguien” no tenía competencias ni razones suficientes para cerrar su página web, o que se ha lesionado su derecho a la libertad de expresión, entonces podrá dirigirse a un JUZGADO PARA RECLAMAR, pero esto ya sin prisas, porque el caso es que la página habrá desaparecido, y vaya usted a saber por cuánto tiempo o por qué motivos, tal vez incluso baste con contener “una verdad incómoda” …
Es decir, en vez de agilizar el sistema judicial, de prepararlo y de dotarlo de recursos suficientes, con esta Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, el legislativo acorta distancias y reparte el trabajo de éstos entre todo aquel que se erija competente para velar por sus intereses.
En fin ahora la ley tiene que pasar por el tramite del senado, pero o mucho cambia la cosa o nos vemos con los estupidos de siempre cerrando webs y demas historias por que no les gusta su contenido o porque no va con ellos, la cosa no pinta bien, vulva la censura a nuestros hogares. Tenemos un problema.
la noticia integra aqui: http://www.internautas.org/html/4569.html
agur
A pesar de las advertencias que la Comisión Europea ha lanzado ya a nuestro país, sobre el respeto a los derechos fundamentales en Internet y, el respeto a los procedimientos legales para determinar responsabilidades (caso Promusicae), nuestro poder legislativo se empeña en mostrar sin tapujos, y hasta con orgullo diría yo, su falta de cultura digital. Continúa con su particular cruzada: “ante lo que no comprendo, y por tanto no puedo controlar en su medida y justa proporción, impongo el cierre por las bravas”. Tan bravas son que permite que, tanto administraciones públicas como partidos políticos (incluso asociaciones con pocos escrúpulos) sean autoridades supuestamente “competentes” para determinar el cierre de páginas web cuando sus contenidos les molesten.
Es obvio que el Congreso español ha oído que Internet exige inmediatez pero, en vez de utilizar la tecnología actual y los recursos que ofrece la Constitución Española, toma un atajo mortal y nos impone la redacción del artículo 11 de la LISI: a priori, CENSURA (dónde vas, peras traigo). Para cerrar una página web bastará que alguien aparente capacidad para ello y, así sin más, lo requiera al titular de la misma. Ya después, en un momento posterior, si este titular afectado cree que ese “alguien” no tenía competencias ni razones suficientes para cerrar su página web, o que se ha lesionado su derecho a la libertad de expresión, entonces podrá dirigirse a un JUZGADO PARA RECLAMAR, pero esto ya sin prisas, porque el caso es que la página habrá desaparecido, y vaya usted a saber por cuánto tiempo o por qué motivos, tal vez incluso baste con contener “una verdad incómoda” …
Es decir, en vez de agilizar el sistema judicial, de prepararlo y de dotarlo de recursos suficientes, con esta Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, el legislativo acorta distancias y reparte el trabajo de éstos entre todo aquel que se erija competente para velar por sus intereses.
En fin ahora la ley tiene que pasar por el tramite del senado, pero o mucho cambia la cosa o nos vemos con los estupidos de siempre cerrando webs y demas historias por que no les gusta su contenido o porque no va con ellos, la cosa no pinta bien, vulva la censura a nuestros hogares. Tenemos un problema.
la noticia integra aqui: http://www.internautas.org/html/4569.html
agur
1 comentario:
La libertad de expresión nunca ha existido.
Sólo parecía que existía.
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